En concreto, el Consejo de Transparencia ha dado un plazo de diez días al Ministerio de Sanidad para que remita al abogado esta información, una decisión que pone fin a la vía administrativa, pero que se puede recurrir durante los dos meses siguientes ante los juzgados centrales de lo contencioso-administrativo de Madrid.
El CTBG ha desechado el argumento esgrimido por la Dirección General de Salud Pública para retener dicha información, al afirmar que el hecho de que se hagan públicos los nombres, apellidos y el número de los expertos que han realizado funciones en el marco de la gestión de la pandemia no atenta contra el derecho a la protección de datos personales.
"No solamente no atenta contra los datos personales de los afectados, sino que contribuye al control de la actividad pública y a que los ciudadanos conozcan el proceso de toma de decisiones relevantes en materia de salid pública, máxime en situaciones extraordinarias, como la producida por la pandemia de Covid-19", ha sostenido el Consejo de Transparencia en su resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press.