En la inspección que llevaron a cabo los agentes, se comprobó que los animales utilizaban como refugio bidones de chapa, contenedores de basura o casetas de obra, así mismo, toda la zona estaba llena de excrementos y algunos de los perros presentaban infecciones y presencia de parásitos.
La actuación se ha saldado con la constatación de numerosas infracciones y la denuncia del titular de los animales ante las administraciones competentes.
Se considera rehala toda agrupación compuesta entre 15 y 25 perros que cazan en grupo, especies de caza mayor en las modalidades de montería, gancho o batida, dirigidos por un perrero o podenquero. Entre las razas más comunes destacan el Mastín, Podenco, Alano y cruces entre ellos o con otras razas. Para su empleo es necesario estar en posesión de los siguientes documentos:
- Documento de inscripción como rehala en el registro de núcleos zoológicos de Castilla –La Mancha.
- Documento de identificación de los perros, al día.
- El Rehalero deberá disponer de la licencia de Caza de Castilla- La Mancha.
Bienestar animal
La tenencia de los animales domésticos esta regulada en las diferentes legislaciones de las Comunidades Autónomas, donde se específica todo lo referente a sus cuidados, higiene, documentación, vacunaciones, así como la tipificación de las infracciones y sus sanciones, hay que señalar que en Castilla- La Mancha, en marzo de este año entró en vigor la nueva Ley de Bienestar, Protección y Defensa de los Animales.
Por otro lado, las conductas de maltrato y abandono de animales domésticos están recogidas en los artículos 337 y 337 bis del Código Penal y llevan aparejadas penas de prisión de hasta 18 meses, además de la inhabilitación para el ejercicio de cualquier profesión que tenga relación con los animales y para la tenencia de los mismos.